martes, 17 de noviembre de 2020

LA COVID PANDEMIA Y LA MUERTE DE RAULINO

 La Covid-pandemia convocó a  Raulino Amarante al hospital, afectado de una insistente tos seca y algunas molestias corporales y respiratorias.  Antes de ser asistido fue instado por el médico de la policlínica de El Seguro a procurarse  un análisis confirmatorio ante la sospechosa probabilidad de que estuviera "cogido " por el virus.

El dueño de  La Gomera (reparadora de neumáticos ponchados) del Batey La Pulga, de Sabana Grande de Boyá,  para la que trabajaba, asintió a adelantarle su semanal con el fin de facilitar el pago del análisis  en un laboratorio privado, de modo que no se le retrasara demasiado el resultado. De todos modos le concedió la oportunidad de ocupar tiempo del trabajo en las correspondientes diligencias.

Antes de obtener los resultados, su salud se agravó y a pocos días falleció. Entre familiares, amigos, vecinos la cooperación del Señor del La gomera, fue enterrado como ha sido la rutina pandémica con respecto a los entierros de pobres. Comenzaron las diligencias para recuperar los acumulados fondos que a su favor, era posible recaudar, por cuenta de su compañera, Mné Prince, madre de los cuatro hijos que compartían.

El señor de La Gomera le remuneró su semanal pendiente completo y le preparó un cheque de liquidación correspondiente a sus prestaciones laborales, ajustado benévolentemente como si hubieses sido despedido, (hecho que suele darse en algunos casos piadosos), por alrededor de unos cincuenta mil pesos.  Su compañera, madre de los cuatro hijos de Raulino, inició las gestiones para tratar de recuperar los ahorros retenidos  cono fondo de pensiones.

Llamó por teléfono y fue informada de que debía asistir a una cita a la ofinina, donde le explicarían los procedimientos que deberá seguir para recuperar dichos fondos. Asi lo hizo. Eficientemente, le entregaron un librillo contentivo de los requisitos que debía cumplir. Estos serían 1) Acta de nacimiento certificada del fallecido. 2) Acta de defunción emitida por la Oficina Central de la Junta Central Electtoral. 3)   Certificación de Entierro emitida por el Ayuntamiento. 4) Acta de nacimiento certificada de su compañera. 5) Acto de notoriedad publica sobre su estado de Unión Libre, notarizado y atestiguado por cinco testigos. 6) Declaración de Herederos Notarizada. y Ceertificada por la Procuraduría. 7) Acta de nacimiento certificada de cada uno de los hijos. 8) Carta laboral del fallecido. Cada una las diligencias emprendidas a cargo de Miné.

Ya los fondos entregados por La Gomera, se han rebajado bastante, dada la verdad, cierta, cciertísima, de que cada viaje completado desde el Batey a las oficinas de Santo Domingo, emprendido por Miné, quien apenas conoce La Capital, conlleva unos gastos tales que a fuerza de ansiedad acaso podrá restar menos de lo que quizás llegue a recibir. Este negocio de los Fondos de Pensiones, no parece muy iluminado para los aportantes, llamados a ser los suspuestos beneficiarios.  
 

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